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SEREMI DE SALUD INTENSIFICA FISCALIZACIÓN A VENTA DE JUGUETES POR CELEBRACIÓN DE NAVIDAD

admin el 16-12-2015, visto 1046 veces 0
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Con el propósito de resguardar la salud de los más pequeños en la celebración de navidad, la autoridad sanitaria regional ha intensificado las fiscalizaciones a la rotulación y expendio de juguetes. En la oportunidad, el  Secretario Regional Ministerial de Salud Dr. Carlos González, junto a inspectores del Departamento de Acción Sanitaria, llegaron hasta dependencias de un establecimiento de productos chinos, para inspeccionar el cumplimiento del Decreto 114 sobre reglamento de juguetes.

 

En la oportunidad se retiraron de la venta y se retuvieron un total de 225 juguetes por no contar con el rotulado adecuado.

 

El Secretario Regional Ministerial de Salud, Dr. Carlos González señaló que  "los elementos que a los que se debe tener cuidado al momento de comprar un juguete son preocuparse fundamentalmente que la rotulación del juguete sea la adecuada, diga quién es el productor, de qué país fue producido y que nos diga si es apto o no para menores de tres años y si contiene partes pequeñas, porque el mayor riesgo para la salud de los niños/as son aquellos juguetes que tienen partes pequeñas que pudieran ser aspiradas o inhaladas y producirle problemas graves de salud e incluso la muerte”.

 

Aspectos Fiscalizados

 

En cuanto al rotulado de los juguetes, es necesario poner atención a que estos deban contener al menos la siguiente información obligatoria: nombre o razón social y domicilio del productor o responsable de la fabricación o importación del juguete; nombre genérico del producto, cuando este no sea planamente identificable a simple vista por el consumidor; país de origen del producto; leyenda o símbolo que indique la edad del usuario recomendada por el fabricante; la indicación de “advertencia se debe utilizar bajo la vigilancia de un “adulto”, cuando sea necesaria esta supervisión.

 

En tanto aquellos juguetes que, debido a sus funciones, dimensiones, características, propiedades u otros motivos, son claramente inadecuados y podrían resultar peligrosos para niños menores de 3 años, deben llevar la indicación siguiente: “advertencia, no apropiado para niños menores de 3 años”.

 

Los juguetes que contengan partes pequeñas, que puedan ser ingeridas y/o inhaladas por niños menores de 3 años, deben agregar a la advertencia anterior, la indicación: “contienen partes pequeñas”.

 

Cabe señalar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud tiene competencia para fiscalizar los locales establecidos y las ferias autorizadas. Con respecto al comercio ambulante la competencia de fiscalización es de Carabineros y de los Municipios.

Con el propósito de resguardar la salud de los más pequeños en la celebración de navidad, la autoridad sanitaria regional ha intensificado las fiscalizaciones a la rotulación y expendio de juguetes. En la oportunidad, el  Secretario Regional Ministerial de Salud Dr. Carlos González, junto a inspectores del Departamento de Acción Sanitaria, llegaron hasta dependencias de un establecimiento de productos chinos, para inspeccionar el cumplimiento del Decreto 114 sobre reglamento de juguetes.

 

En la oportunidad se retiraron de la venta y se retuvieron un total de 225 juguetes por no contar con el rotulado adecuado.

 

El Secretario Regional Ministerial de Salud, Dr. Carlos González señaló que  "los elementos que a los que se debe tener cuidado al momento de comprar un juguete son preocuparse fundamentalmente que la rotulación del juguete sea la adecuada, diga quién es el productor, de qué país fue producido y que nos diga si es apto o no para menores de tres años y si contiene partes pequeñas, porque el mayor riesgo para la salud de los niños/as son aquellos juguetes que tienen partes pequeñas que pudieran ser aspiradas o inhaladas y producirle problemas graves de salud e incluso la muerte”.

 

Aspectos Fiscalizados

 

En cuanto al rotulado de los juguetes, es necesario poner atención a que estos deban contener al menos la siguiente información obligatoria: nombre o razón social y domicilio del productor o responsable de la fabricación o importación del juguete; nombre genérico del producto, cuando este no sea planamente identificable a simple vista por el consumidor; país de origen del producto; leyenda o símbolo que indique la edad del usuario recomendada por el fabricante; la indicación de “advertencia se debe utilizar bajo la vigilancia de un “adulto”, cuando sea necesaria esta supervisión.

 

En tanto aquellos juguetes que, debido a sus funciones, dimensiones, características, propiedades u otros motivos, son claramente inadecuados y podrían resultar peligrosos para niños menores de 3 años, deben llevar la indicación siguiente: “advertencia, no apropiado para niños menores de 3 años”.

 

Los juguetes que contengan partes pequeñas, que puedan ser ingeridas y/o inhaladas por niños menores de 3 años, deben agregar a la advertencia anterior, la indicación: “contienen partes pequeñas”.

 

Cabe señalar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud tiene competencia para fiscalizar los locales establecidos y las ferias autorizadas. Con respecto al comercio ambulante la competencia de fiscalización es de Carabineros y de los Municipios.