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5 AÑOS DE CÁRCEL PARA HOMBRE QUE VIOLÓ A SU EX PAREJA EN COLLIPULLI

admin el 27-07-2017, visto 1065 veces 0
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Penas de 5 años y un día de presidio deberán cumplir dos hombres que fueron condenados por delitos de violación, en investigaciones lideradas por el fiscal Enrique Vásquez, de la Fiscalía Local de Collipulli.

El primer fallo recayó sobre Óscar Paredes Gutiérrez, de 26 años, quien el 07 de noviembre de 2015 violó a su ex pareja en Collipulli, al interior de la vivienda de la víctima, quien había huido del agresor tres meses antes, tras sufrir una serie de episodios de violencia intrafamiliar que incluyeron un ataque con un arma cortante, mientras vivían en Chillán.

En el juicio la Fiscalía logró acreditar que para forzarla a mantener actividad sexual el condenado la amenazó con tomar un cuchillo y matar al hijo de ambos. "El Tribunal Oral de Angol dictó una condena en contra del acusado por un delito de violación en contexto de violencia intrafamiliar, la intimidó, la amenazó con matar derechamente al hijo que mantenían en común y de esta forma logró acceder a la víctima", explicó el fiscal Enrique Vásquez.

El persecutor dijo que a diferencia de otros delitos de violación, en este caso no había lesiones constatadas en la víctima ni otros testigos presenciales aparte de ella, por lo que el tribunal se basó principalmente en su relato para condenar. "Es gratificante que el tribunal otorgue esta credibilidad al relato de la víctima, al trabajo que realizó la Fiscalía en conjunto con las policías, y sobre todo lograr una condena de pena efectiva en este tipo de delitos".

Violación impropia

La segunda sentencia afectó a Rodrigo Montero Pino, de 25 años, quien fue condenado por la violación impropia de una niña de 11 años, ocurrida en agosto del año 2015 en la comuna de Ercilla, la que resultó embarazada producto de la situación.

En este caso el acusado argumentó que la relación sexual había sido consentida, lo que no resulta relevante por la edad de la víctima, explicó el fiscal Enrique Vásquez. "En este segundo caso igualmente el Tribunal Oral en lo Penal dictó una condena de 5 años y un día en contra del imputado, porque se entiende que este consentimiento no es válido respecto de la víctima que tiene 11 años de edad. Acá lo que se protege es la indemnidad sexual de la víctima y aun cuando supuestamente existía este consentimiento, no hay validez del mismo, atendido la minoría de edad de la víctima".

En ambas sentencias el tribunal estableció que los condenados deberán cumplir las penas efectivamente privados de libertad.