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SEREMI DE GOBIERNO: “VALORAMOS PROFUNDAMENTE EL PROYECTO DE LEY QUE PENALIZA CONDUCTAS ANTISOCIALES”

admin el 13-07-2018, visto 1065 veces 0
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"Para el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera es y seguirá siendo una prioridad la lucha contra la delincuencia", sostuvo la Seremi de Gobierno, Pía Bersezio, respecto del proyecto de ley firmado por el mandatario que penaliza conductas antisociales.

Dicha iniciativa, busca resguardar y proteger los espacios públicos, establece multas, eleva sanciones y plantea la posibilidad de sustituir multas por trabajos a favor de la comunidad, todo en dirección a darle a los ciudadanos mayor seguridad.

En ese orden, por ejemplo, el proyecto castiga delitos que afectan la convivencia ciudadana, como el consumo de alcohol en la vía pública, el destrozo del transporte público, señalética, infraestructura comunitaria en general, y sanciona la acumulación de basura sin autorización.

La Vocera del Gobierno de La Araucanía, junto con valorar la iniciativa, recalcó que "la voluntad del Gobierno es combatir la delincuencia y el narcotráfico y es por ello que vamos a continuar en esta línea, ya que no se puede permitir este tipo de conductas, debido a que no solo deterioran nuestra calidad de vida, sino que es una peligrosa señal de falta de control", puntualizó.

Asimismo, Bersezio dijo que el proyecto de ley apunta a la tolerancia cero en todas aquellas conductas que alteran la convivencia y facilitan la acción delictual en los espacios públicos. Agregando que en los establecimientos educacionales, se aplicará el concepto: ‘El que rompe, paga’, para así poner atajo a quienes no respetan los espacios destinados a la enseñanza de niños y jóvenes.

Artículos Proyecto

El proyecto consta de cuatro artículos.

1° artículo: Cambios en el Código Penal:

Daños en espacios públicos y privados

Daños en establecimientos educacionales, infraestructura comunitaria, medios de transporte público: se crea la figura calificada de daños cuya sanción se condecirá con el valor del daño causado.

Se perseguirá penalmente el rayado no autorizado en bienes muebles o inmuebles, públicos o privados. Se establecen multas y penas de presidio, se crean agravantes para reincidentes a la vez que se permite sustituir la multa por servicios en favor de la comunidad. Además, se crea la figura de delito calificado cuando el rayado se haga en inmuebles declarados Monumento Nacional o Patrimonio de la Humanidad.

Se sancionará por falta penal a quien acumule basura sin autorización, poniendo en riesgo la salud de terceros o interfiriendo con el libre tránsito ya sea que se encuentra en el exterior de un domicilio, en sitios públicos, privados de libre acceso público o en sitios eriazos.

2° artículo: Modificación de la ley N° 19.925

Expendio y consumo de bebidas alcohólicas

Se sanciona con multa de 1 UTM el consumo de alcohol en la vía pública o en zonas comunes de inmuebles sujetos al régimen de copropiedad. Esta podrá ser sustituida por trabajo en favor de la comunidad. En caso de reincidencia se sancionará con multa de 2 a 4 UTM.

Se disponen sanciones de 41 a 60 días de prisión y multa al expendio clandestino de alcohol, junto a sanciones para locatarios que permitan o toleren expendio clandestino, pudiendo además el tribunal decretar la clausura del local.

3° artículo: Modifica ley N°20.000

Tráfico de estupefacientes y sustancias sicotrópicas

Se sanciona como falta el consumo de sustancias estupefacientes en los espacios comunes sujetos a régimen de copropiedad inmobiliaria. Con ello se asimila el tratamiento de estos bienes a aquellos públicos o de libre acceso público.

4° artículo: Modifica el decreto con fuerza de ley N° 458.

Modificaciones a la Ley General de Urbanismo y Construcción

La municipalidad respectiva ordenará al propietario de sitios eriazos en zonas urbanas la construcción de cierros exteriores en un plazo no inferior a dos meses ni superior a tres. El no cumplimiento acarreará multas.

El propietario que incumpla la obligación de cercar será solidariamente responsable de los perjuicios civiles a la víctima de un delito que se cometa en su terreno.

Cualquier persona podrá denunciar a la municipalidad correspondiente la existencia de propiedades abandonadas con el objeto de garantizar la seguridad de los vecinos.

COMUNICACIONES SEGEGOBARAUCANA

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