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DECRETO DE EMBANDERAMIENTO DE NUESTRA COMUNA CON MOTIVO DEL ANIVERSARIO DE LA CIUDAD DE ANGOL

admin el 23-10-2018, visto 1110 veces 0
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DECRETO EXENTO N2 /86 VISTOS:

a) Decreto Supremo N 1.534 de fecha 18 de octubre de 1967, del Ministerio del Interior, que fija las dimensiones de la Bandera nacional para l uso en edificios y reparticiones públicas;

b) Que durante el mes de octubre del presente año, se celebra el Aniversario 465 de la ciudad de Angol, desde su primera Fundación el 24 de octubre del año 1553, ordenada por Don Pedro de Valdivia;

c) La Resolución N* 1600 del 30 de Octubre del 2008

Contraloría General de la República, normas sobre exención trámite toma de razón;

d) Las facultades que me confiere la Ley N2 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.

DECRETO

1 Declárese obligatorio el izamiento del Pabellón Nacional, desde las 08:00 hasta las 18:00 horas, durante el día 24 de octubre de 2018, en todos los edificios públicos y residencias particulares de la comuna de Angol y del sector Huequén, con motivo de la

celebración de los 465 años de la comuna de Angol, desde su primera fundación el 24 de octubre del año 1553.

2 La Bandera deberá izarse en su respectivo mástil, guardando la veneración que le corresponda y cuando no fuere posible izarla en un asta o mástil, se la

colocará extendida totalmente en forma horizontal o vertical, debiendo quedar en ambos casos, el cuadro azul en la parte superior y a la izquierda del espectador.

3. Las infracciones al presente Decreto tanto por no izar, como la mala colocación de la bandera, serán denunciadas al Juzgado de Policía Local de Angol, por

Carabineros de Chile o Inspectores Municipales. El tribunal aplicará la multa de una a tres unidades tributarias vigentes para la comuna de Angol.

Póngase en conocimiento de la Gobernación Provincial de Malleco, Carabineros de Chile, Juzgado de Policía Local e Inspectores Municipales, para los fines del caso.