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DIPUTADOS DC CELEBRAN APROBACIÓN DE LEY QUE ESTABLECE SANCIONES POR IMPEDIR ACCESO A ORILLAS DE MAR, RÍOS Y LAGOS

admin el 11-01-2019, visto 1060 veces 0
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Como "una ley que efectivamente permitirá hacer realidad el acceso libre y sin condiciones de todas las personas a las orillas del mar, lagos y ríos" calificaron los diputados DC Miguel Ãngel Calisto y Jorge Sabag el proyecto aprobado hoy, que establece una multa a quienes impidan el acceso a esos lugares.

Tras la aprobación, el disuado Calisto señaló que "nuestra ley garantiza el acceso gratuito a las playas del mar, lagos y ríos, estableciendo incluso que los vecinos colindantes con playas deberán facilitar gratuitamente el acceso a ellas, cuando no existan otras vías o caminos públicos. Sin embargo, eso muchas veces no se puede realizar porque los dueños de los terrenos adyacentes a las orillas de esos lugares dificultan, condicionan, obstaculizan, mercantilizan o derechamente impiden llegar a esas zonas, no habiendo sanción pecuniaria para estas personas".

"Por ello, este proyecto establece una multa de diez a cien UTM, en la actualidad entre $ 483.530 a $ 4.835.300 para quienes impidan el acceso a esas playas y en caso de reincidencia, se podrá aplicar una multa equivalente al doble del máximo establecido".

El diputado Sabag agregó que "en la actualidad, el Ministerio de Bienes Nacionales recibe las denuncias cuando se obstaculiza o impide el libre acceso a las playas de mar, río o lagos, las que dan origen a una fiscalización por parte de la correspondiente Seremía y el resultado de ello, podría dar lugar a fijar un acceso para las referidas orillas, pero sin multa. Pero, se ha demostrado la ineficacia del procedimiento que se establece, ya que no existen sanciones para quienes obstaculicen o impidan el libre acceso y por eso, este proyecto, que fue ingresado la semana pasada y que tuvo una rápida y amplia aprobación en la comisió0n y en la sala, establece una multa a quien impida este acceso".

"La disposición indica que, una vez fijadas las vías de acceso, el propietario, arrendatario, tenedor u ocupante del terreno colindante, no podrá cerrarlas ni obstaculizarlas de ningún modo y la contravención de esto, originará la multa que será remitida al Juzgado de Policía Local respectivo".