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PDI: " EL MALTRATO ANIMAL ES UN DELITO"

admin el 22-05-2015, visto 1085 veces 0
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La Policía de Investigaciones de Chile, PDI a través de su Brigada de Mediambiente y Patrimonio Cultural se aboca  a la investigación  en el área del medio ambiente, tenencia responsable de mascotas, maltrato animal y patrimonio cultural.

En materia de maltrato animal  dentro de las funciones de los oficiales, está el cumplir las leyes, y en este aspecto el artículo 297 Bis. C.P., es el que regula los abusos contra los animales y que faculta a la PDI a realizar diligencias de fiscalización del cumplimiento de la ley. En este contexto, la PDI promueve por medio de campañas, charlas y consejos a la comunidad la "Tenencia Responsable de sus Mascotas".

¿Qué es el maltrato animal?

 El Código Penal señala: “El que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y multa de uno a diez ingresos mínimos mensuales o sólo a esta última”. En relación a las peleas de animales, se considera que en estos eventos se configura el delito de crueldad con animales, toda vez que en ellos existe concertación de una fecha y lugar determinado, planeamiento de un programa organizado de peleas en donde la gente disfruta y goza con el sufrimiento animal, configurándose así otros tipos de delitos como es por ejemplo la asociación ilícita, ya que son sitios donde se realizan apuestas clandestinas de carácter ilegal y llevar a cabo investigaciones exploratorias relacionadas con riñas de animales y promoción o prácticas de espectáculos que impliquen maltrato grave, deterioro de su salud o muerte, falta de alimentos o de agua, empleo de instrumentos o sustancias que provoquen a los animales su muerte con sufrimiento en estado de conciencia, y remover, destruir o alterar cualquier miembro, órgano o apéndice de un animal por causas distintas a las propiamente veterinarias, sanitarias u otras expresamente autorizadas por la ley.

Recomendaciones para evitar el maltrato animal

Es un delito penado por el Código Penal (ART. 291 BIS) y es de Acción Pública, es decir, puede ser denunciado por cualquier persona.

• El hecho puede ser denunciado en el Ministerio Público (Fiscalías locales donde se ha cometido o se esté cometiendo el ilícito), Carabineros o PDI (BIDEMA), o a través de una querella en los tribunales de justicia

• Al momento de realizar la denuncia, deben obtenerse la mayor cantidad de antecedentes posibles.

RECUERDA

 

-Los animales son seres vivos, que sienten frío, hambre, sed, rabia, pena, alegrías, pero sobretodo DOLOR. Por lo tanto si abandonas a tu mascota de la que te comprometiste hacerte responsable, también estas cometiendo un delito.

-Evitemos causar daños a quienes no tienen la voz para defenderse.

-Cuidémoslos y respetémoslos como tales, ellos merecen su espacio, nuestro cariño y sobretodo nuestra atención.

Si deseas denunciar puedes realizarlo en la unidad más cercana de la PDI o comunicándote al nivel de emergencia 134, número gratuito que atiende las 24 horas

Fuente: Comunicaciones PDI