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CORTE DE APELACIONES TEMUCO IMPLEMENTA AUDIENCIAS POR VIDEOCONFERENCIA ANTE AUMENTO DE CONTAGIOS POR COVID-19 EN LA ARAUCANÍA

admin el 31-03-2020, visto 1069 veces 0
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La Corte de Apelaciones de Temuco, a través de un acuerdo de pleno, adoptó la implementación de audiencias por videoconferencia, a fin de evitar la concurrencia de los intervinientes al tribunal de alzada ante la alerta sanitaria generada por el COVID-19.

En la sesión virtual, encabezada por el presidente de la Corte, ministro Carlos Gutiérrez Zavala, con asistencia de los ministros Julio César Grandón Castro, Aner Padilla Buzada, Alejandro Vera Quilodrán y de las ministras Cecilia Aravena López, María Georgina Gutiérrez Aravena y (s) Mirna Espejo Guíñez, teniendo en consideración los hechos de público conocimiento ocurridos respecto a la pandemia de COVID-19, el tribunal Pleno tomó nuevas medidas con el objeto de prevenir contagios y con ello la expansión del virus, por razones de buen servicio y teniendo presente, además, los Acuerdos de Pleno ya dictados, y en la línea de los emanados desde la Corte Suprema, se adoptan a partir del lunes 30 de marzo las siguientes medidas:

SALA DE TURNO POR VIDEOCONFERENCIA

La Corte de Apelaciones funcionará con una Sala de Turno que se constituirá virtualmente, para conocer causas que cumplan con el carácter de urgentes e impostergables, cuya integración, días de funcionamiento y tabla respectiva se definirá los días viernes de cada semana por el presidente y será reducido a un decreto económico, con la finalidad de estandarizar el funcionamiento semanal.

Mientras se mantenga la contingencia producto de la alerta sanitaria, todos los alegatos serán por videoconferencia, cuya implementación se hará a través de los programas que ponga a disposición la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

DELIBERACIÓN DE LOS MINISTROS

Se realizará con las modalidades técnicas que el programa de videoconferencia cuente y/o por las vías tecnológicas que permitan una correcta y adecuada comunicación entre los miembros de la sala.

Adoptada la decisión se comunicará la misma por el presidente de la Sala, a los intervinientes o al relator. En este último caso, éste la transmitirá al digitador para incorporar el proyecto de acuerdo, el que será revisado por los ministros y una vez aprobado, será enviado por el relator al digitador, debiendo este último remitirlo a la bandeja respectiva para la firma.

FUNCIONES DEL RELATOR

El anfitrión de la videoconferencia, será el personal técnico capacitado para ello que permita mantener el sistema en línea de forma permanente, instruido por el relator del día respecto a las gestiones a realizar, esto es, el envío por correo electrónico a los ministros y digitador de la invitación para conectarse; coordinar de la manera más eficiente los alegatos con los abogados de cada causa, y remitir la invitación respectiva a cada parte y/o interviniente para conectarse, invitaciones que deben ser enviadas a las 08:45 horas del mismo día, iniciándose los alegatos a las 09:00 horas.

Una vez terminada la audiencia, será el relator el encargado de velar por la correcta grabación y almacenamiento de la audiencia por videoconferencia, estos archivos deberán ser enviados al correo electrónico de la Sala, con copia al Digitador y a la Administradora de la Corte por el mismo.

ANUNCIO DE LOS ABOGADOS

Se anunciarán por escrito el día anterior a la vista de su recurso, debiendo indicar en el mismo una casilla de correo electrónico y un teléfono celular de contacto, con el fin de que se le remitan las invitaciones por el personal técnico instruido por el relator al respecto y se le contacte por este último de manera telefónica para asegurar la realización de las audiencias.

MEDIDAS FINALES

En caso de que los programas no funcionen deberá el relator con el apoyo de la unidad de administración buscar el mecanismo para que la Sala se conecte con los usuarios de la mejor manera posible, estando autorizada la comunicación por vías alternativas, asegurando siempre que todas las partes y/o intervinientes logren la correcta comunicación con el Tribunal.

La distribución de los días en que deberán relatar los relatores será determinada por el presidente, quedando suspendido el calendario habitual y la rotación, además les serán asignadas nuevas labores de apoyo, las que serán comunicadas los días viernes y reducidas a Decreto Económico suscrito por el presidente. Dichas comunicaciones serán realizadas por el relator de pleno por la vía más expedita a los relatores de sala.