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CONDENAN A 4 AÑOS DE PRESIDIO EFECTIVO A SUJETOS QUE ROBARON DINERO DE OFRENDAS EN IGLESIA DE ANGOL

admin el 22-07-2015, visto 1059 veces 0
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CONDENAN A 4 AÑOS DE PRESIDIO EFECTIVO A SUJETOS QUE ROBARON DINERO DE OFRENDAS EN IGLESIA DE ANGOL

Los condenados sustrajeron cerca de 9 mil pesos, tras forzar las alcancías de la iglesia.

Cuatro años de presidio efectivo deberán cumplir dos jóvenes que fueron condenados por el Tribunal Oral de Angol por el delito de robo en lugar no habitado cometido en la Parroquia San Buenaventura, en la capital de Malleco.

La sentencia condenatoria recayó sobre Francisco Lagos Lagos (29) y Cristian Rivera Cheguán (37), ambos con domicilio en la ciudad de Los Ángeles, quienes registraran condenas anteriores por el mismo delito.

La fiscal adjunto Pamela Contreras acreditó que el 26 de septiembre de 2014, en horas de la tarde, los condenados ingresaron a la iglesia ubicada en calle Vergara Nº825 y con un elemento contundente forzaron las cerraduras de tres alcancías ubicadas a los pies de imágenes de distintos santos, y sustrajeron cerca de 9 mil pesos en monedas y billetes, correspondientes a las ofrendas o donaciones entregadas por los feligreses.

Un voluntario de la parroquia los siguió cuando huían y dio aviso a Carabineros, quienes los detuvieron con todo el dinero.

La representante del Ministerio Público explicó que una de las dificultades del juicio fue vincular las monedas y billetes recuperados, con el dinero robado de las alcancías, lo que se logró gracias a un antecedente clave aportado por el cura párroco: el polvillo de adobe que presentaban.  

“De acuerdo a lo que él declaró el día del juicio, uno de los santos, que era San Sebastián, había sufrido deterioro su estatua por el terremoto y todavía tenía restos de adobe que quedaba en la parte de alcancía. Por lo tanto cuando él recibió las monedas señaló que las monedas todavía estaban sucias y que era habitual en las monedas de ese santo que viniesen con restos de adobe”, señaló la fiscal Contreras.

El Tribunal Oral dio por establecida la concurrencia de dos circunstancias agravantes de responsabilidad penal: que el delito fue cometido en lugar destinado al culto y la reincidencia en delitos de la misma especie, pues ambos registran condenas anteriores por robo en lugar no habitado.

La sentencia establece que Francisco Lagos Lagos y Cristian Rivera Cheguán deberán cumplir la pena de 4 años de presidio efectivamente privados de libertad.

 

Fuente: FISCALÍA REGIONAL DE LA ARAUCANÍA