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MARIO VENEGAS : LEY QUE PROHÍBE EL EMBARGO DE VIVIENDAS SOCIALES SE PUEDE MEJORAR

admin el 06-01-2016, visto 3103 veces 0
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La iniciativa dispone que no son embargables aquellos bienes raíces en los que el deudor, su cónyuge, su conviviente civil o hijos residan, siempre que sea el único bien raíz de propiedad del deudor.

 

Con 70 votos a favor, siete en contra y 17 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó y envió al Senado, a segundo trámite constitucional, el proyecto que modifica el Código de Procedimiento Civil, con el objeto de declarar inembargables las viviendas sociales.

 

De acuerdo a las apreciaciones del diputado Venegas el proyecto en lo medular busca salvaguardar el bien mas preciado para una familia que es la casa propia, sin embargo manifiesta ciertas aprensiones en torno a mejorar el proyecto:  “se hizo un análisis de legislación comparada y se reviso varias situaciones en distintos países entre ellos argentina, Colombia, España y Francia y en todas ellas hay casos excepcionales pero que no van  precisamente en  lo que plantea este proyecto que es; Que no se embarguen en ninguna circunstancia, ya sea que fueron adquiridas con subsidios ó con crédito hipotecario, y que tengan claro las restricciones que el mismo proyecto señala; no cuesten más de 400 UF, pero aquí hay un problema y esto es que normalmente. la gente pobre es la que tiene  mas dificultad de acceso al crédito cuando quiere emprender, una cuestión legitima que estamos impulsando en Chile ¿qué es  lo que hace?, se pone como garantía lo único que tiene y si nosotros prohibimos que se embargue, lo que vamos a estar haciendo, es negando la posibilidad al crédito a los mas pobres y negándole por tanto la posibilidad que puedan  emprender.

Además manifestó que de acuerdo a los estudios que se han realizado en torno a las viviendas sociales que han sido rematadas o  embargadas el porcentaje del total es ínfimo “solo el  0,1 por ciento de las viviendas obtenidas con subsidio social se han rematado, ese es el dato social, es muy insignificante, lo que hace que una buena idea quede ser transformada en un error que puede terminar afectando precisamente a los que queremos proteger”.

La iniciativa, que se originó en una moción de los diputados Karol Cariola (PC), Guillermo Teillier (PC), Fidel Espinoza (PS), Maya Fernández y Loreto Carvajal (PPD), fue discutida en una primera oportunidad en septiembre de 2015, pero fue objeto de indicaciones que debieron ser abordadas en la Comisión de Vivienda durante los meses pasados. En lo medular, los cambios buscaron precisar el tipo de beneficiario cuya vivienda no será posible embargar.

 

Conforme a estas modificaciones, el proyecto define que no son embargables aquellos bienes raíces en los que resida el deudor, su cónyuge, su conviviente civil o hijos, siempre que sea el único bien raíz de propiedad del deudor. Tras el visto bueno en la Cámara Baja, la propuesta será revisada por el Senado en segundo trámite constitucional.