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CASO LUCHSINGER-MACKAY SE DEBATEN NUEVOS ANTECEDENTES

admin el 22-12-2016, visto 1074 veces 0
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El Juzgado de Garantía de Temuco realizó la tarde de ayer –martes 20 de diciembre- la audiencia de preparación de juicio oral a los 11 comuneros mapuche, imputados por el Ministerio Público, por su eventual responsabilidad en el delito de homicidio con incendio con resultado de muerte del matrimonio de Werner Luchsinger y Vivianne Mackay, de carácter terrorista, ilícito perpetrado el fundo Granja Lumahue, localidad de General López, comuna de Vilcún, en la madrugada del día 4 de enero de 2013.

Al inicio de la audiencia  (causa rol 9544-2013) Rol 9544-2013), el defensor de Francisca Linconao Huircapán pidió el sobreseimiento definitivo de su representada, a lo que el tribunal no dio a lugar, por no darse los presupuestos para ésta. Asimismo el tribunal autorizó que la machi se retire de la audiencia, antes de su término, por motivos de salud.

Tras el debate de los intervinientes, el tribunal decretó “que se da a lugar a las siguientes correcciones formales: Respecto del párrafo quinto, que solicitó una de las defensas, el tribunal ordena su corrección, eliminando desde “mientras” y hasta “Celestino Córdova Tránsito”, coincidiendo con el criterio de la defensa y además que se trata de una condena previa que incluso podría contaminar al Tribunal Oral. Respecto  de la solicitud de las acusaciones  particulares de la Intendencia y particular privada, el tribunal da a lugar, en cuanto a que deben ajustarse a la acusación fiscal que deviene de la respectiva formalización de la investigación en cuanto a los hechos. Respecto de la acusación particular privada, deberá existir una congruencia en el señalamiento de la autoría de todos los imputados, que constituye un  derecho de defensa, también se acoge lo relativo a la acusación fiscal, ordenando que deberá señalar en la corrección el NUE de cadena de custodia –único elemento formal de identificación que tiene la defensa para observar la prueba material- y, respecto de los puntos de pruebas, se acoge, en el sentido que no deberán ser de manera tan general, sino que más específica y acotada, de manera tal que permita no solamente a la defensa formular sus exclusiones u observaciones de acuerdo al artículo 176 del Código Procesal Penal, sino también resolver en cuanto a la pertinencia de los hechos, eliminando la expresión de “más antecedentes”.

De ésta forma, la magistrada Alejandra García Bocaz decretó que en el plazo estipulado en el Código Penal, la Fiscalía informe a la defensa de los comuneros sobre la identidad de cinco testigos protegidos, argumentando la transparencia en la investigación fiscal y el conocimiento oportuno que debe tener la defensa, en suma, resguardar el debido proceso".

En la causa (rol 9544-2013), están imputados los comuneros: José Sergio Tralcal Coche, Luis Sergio Tralcal Quidel, Juan Segundo Tralcal Quidel, Aurelio Catrilaf Parra, Hernán Zenen Catrilaf Llaupe, Sabino Catrilaf Quidel, Sergio Marcial Catrilaf Marilef, Eliseo Ariel Catrilaf Romero, José Arturo Córdova Transito, Francisca Linconao Huircapan y José Manuel Peralino Huinca, a quienes el tribunal ha decretado diversas medidas cautelares.

“El tribunal fijó un plazo prudencial de cuatro días y una vez ejecutoriada la presente resolución, agendará el día y de 15 a 18 horas, de la continuidad de la audiencia preparatoria de juicio oral administrando los medios disponibles para una dedicación exclusiva” decretó  la magistrada Alejandra García, mientras que el 23 de diciembre se revisarán las medidas cautelares de 8 coimputados, que permanecen en prisión preventiva desde el 30 de marzo del año en curso.